Constituir una sociedad en Panamá es relativamente sencillo. Mantenerla en buen estado legal es igual de importante y requiere cumplir con ciertas obligaciones anuales que muchos propietarios desconocen hasta que es demasiado tarde.
Tasa Única Anual
Toda S.A. debe pagar una tasa única anual de USD $300 a la DGI. El vencimiento es el 15 de julio para sociedades constituidas en la primera mitad del año, y el 15 de enero del año siguiente para las de la segunda mitad. El incumplimiento genera multas y puede resultar en la suspensión de la sociedad.
Agente Residente
Toda S.A. debe mantener un agente residente — abogado o firma de abogados — en Panamá. El agente residente es responsable de mantener al día la documentación legal de la sociedad.
Registros Contables
Es obligatorio mantener registros contables y entregarlos al agente residente dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. No es necesario presentarlos ante ninguna autoridad, pero deben estar disponibles ante requerimiento.
Registro de Beneficiarios Finales
Desde 2015, toda S.A. debe registrar a sus beneficiarios finales ante la Superintendencia de Sujetos No Financieros dentro de los 15 días siguientes a cualquier cambio en la estructura de propiedad. Esta información no es pública pero está disponible para las autoridades.